¿Puedo firmar la constitución de una sociedad online?
La constitución de sociedades tiene formas propias que van más allá de la firma electrónica simple. La SAS (Ley 27.349) fue diseñada para el trámite digital ante los registros que la implementan (como la IGJ en CABA), pero el instrumento constitutivo digital exige que cada socio firme con firma digital con certificado emitido por un certificador licenciado — identidad validada oficialmente. La SRL y la SA van por escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas, más la inscripción registral.
Dónde sí entra la firma electrónica en la vida societaria: el acuerdo de socios o founders agreement (vesting, roles, qué pasa si alguien se va — el documento más importante que casi ninguna startup firma), las cartas de intención, los mutuos de los socios a la sociedad, los contratos con proveedores y clientes una vez constituida. Todo eso es instrumento privado firmable online.
Si estás por constituir una SAS y te falta la firma digital con certificado, ese es exactamente el trámite que hace un certificador licenciado: validación de identidad y emisión del certificado. Después de eso, el trámite societario digital queda desbloqueado.
Esta guía es información general orientativa, no asesoramiento legal para tu caso concreto. Para operaciones de monto importante o situaciones de conflicto, consultá con un abogado o escribano.