Firmá el contrato de alquiler online, desde donde estés.
Elegí el contrato en PDF y pedí las firmas de dueño, inquilino y garante. Cada parte coteja su copia y firma desde su enlace, sin crear una cuenta. Conservá el original y las constancias: firma electrónica con valor legal y probatorio.
Cómo funciona
Elegís el contrato en PDF
Seleccioná el contrato de locación, hasta 20 MB. Compartí el archivo con cada parte por tu canal habitual: la invitación no adjunta el PDF.
Preparás la solicitud de firma
Agregá hasta 6 firmantes con su nombre y email. Incluite si también vas a firmar. Ingresá a tu cuenta para enviar la solicitud.
Cada parte coteja el PDF y firma
Cada persona abre su enlace y elige la copia del PDF que recibió: debe coincidir con el contrato de la solicitud. Confirma con nombre, email y DNI o CUIL declarados, sin crear una cuenta.
Conservás constancias y original
Al terminar de firmar, cada persona puede descargar su constancia individual con hash, fecha y datos declarados. Conservá las constancias junto al PDF original: el archivo no se modifica.
Preguntas frecuentes
¿Se puede firmar un contrato de alquiler con firma digital?
Sí, con una firma digital que cumpla los requisitos de la Ley 25.506, incluido el certificado correspondiente. firmalo ofrece firma electrónica con valor legal y probatorio: registra el hash del PDF, la fecha y los datos declarados. Si te exigen firma digital certificada, necesitás un certificador licenciado.
¿Puedo firmar el contrato de alquiler a distancia, desde otra provincia?
Sí. Cada parte firma desde donde esté: sirve para mudanzas a otra ciudad, garantes que viven lejos o propietarios que están en el exterior. Cada firmante recibe su propio link y firma desde su dispositivo, sin viajar ni coordinar una reunión.
¿La firma electrónica tiene validez en un contrato de alquiler?
La firma electrónica puede aportar prueba del acuerdo (Ley 25.506 art. 5 y art. 319 CCyC). Si alguien desconoce la firma, quien la invoca debe acreditar su validez. La locación debe constar por escrito (art. 1188), y el soporte puede ser digital (art. 286). Revisá las formalidades del contrato y sus garantías.
¿Necesito ir al escribano o a la inmobiliaria?
En firmalo las partes firman electrónicamente desde sus dispositivos, sin reunirse para registrar la firma. firmalo no emite firma digital con certificado. Revisá las formalidades que necesiten el contrato y sus garantías.
¿Qué pasa si el inquilino no tiene firma digital?
En firmalo el inquilino accede desde su enlace, sin tener una firma previa ni crear una cuenta. El sistema registra nombre, email y DNI o CUIL declarados, fecha y hash del documento. Los datos de identidad no se validan contra RENAPER.
¿Cómo sé que el contrato no fue modificado después de firmarse?
Se registra el hash SHA-256 del PDF original. Si cambiás el archivo, su hash cambia y deja de coincidir con el registrado. El verificador gratuito permite comparar el archivo con los registros de firmalo; la constancia se descarga por separado.
Fuentes oficiales: Ley 25.506 y Código Civil y Comercial, arts. 286, 319 y 1188.
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