¿Puedo firmar un boleto de compraventa de un inmueble online?
El boleto de compraventa obliga a las partes entre sí: comprador y vendedor quedan comprometidos a escriturar. Como instrumento privado, puede firmarse electrónicamente con valor legal y probatorio (Ley 25.506 art. 5 y art. 288 CCyC) — útil para cerrar la operación rápido, por ejemplo cuando el comprador está en otra ciudad.
Ahora, los límites en serio: primero, el boleto NO te hace dueño; el dominio se transfiere recién con la escritura pública ante escribano y su inscripción registral. Segundo, para que el boleto gane prioridad frente a terceros (otros acreedores del vendedor, un concurso), los arts. 1170 y 1171 CCyC piden requisitos donde la fecha cierta y la certificación de firmas pesan mucho — y eso hoy se logra con intervención notarial.
Recomendación práctica y honesta: usá la firma electrónica para la reserva, la oferta de compra y los acuerdos preliminares (velocidad pura), y pasá por el escribano para el boleto de montos importantes o con entrega de posesión, y siempre para la escritura. Si un boleto electrónico ya está firmado, certificarlo después también es posible.
Subí el PDF y firmá en segundos, o mandá el link para que las otras partes firmen desde su celular, sin crear cuenta. Cada firma queda registrada con constancia verificable.
Esta guía es información general orientativa, no asesoramiento legal para tu caso concreto. Para operaciones de monto importante o situaciones de conflicto, consultá con un abogado o escribano.