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¿Puedo firmar la cesión de un contrato de alquiler online?

⚠️Sí, con aclaraciones importantes

Sí, con el consentimiento del propietario. La cesión de la posición contractual del inquilino se firma electrónicamente con valor legal y probatorio (Ley 25.506 art. 5 y art. 288 CCyC), pero requiere la conformidad del locador para ser oponible a él (arts. 1636 y ss. CCyC).

Ceder el alquiler significa que un inquilino nuevo toma el lugar del que se va, con los mismos derechos y obligaciones. Es distinto del subalquiler (donde el inquilino original sigue siendo responsable): en la cesión, si el locador la acepta, el cedente puede quedar liberado.

La clave legal es el consentimiento del locador: sin su conformidad, la cesión no le es oponible y el inquilino original sigue obligado. Por eso el documento de cesión conviene que lo firmen los tres — cedente, cesionario y locador — cada uno desde su dispositivo. El flujo multi-firmante es ideal para esto.

Muchos contratos de alquiler prohíben o condicionan la cesión: revisá el contrato original antes. Si está permitida (o el locador acepta), la cesión firmada electrónicamente por las tres partes, con la conformidad expresa, deja todo documentado.

Base legal:arts. 1636 y ss. CCyC (cesión de posición contractual)Ley 25.506 art. 5art. 288 CCyC
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Esta guía es información general orientativa, no asesoramiento legal para tu caso concreto. Para operaciones de monto importante o situaciones de conflicto, consultá con un abogado o escribano.

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